Arbitraje Comercial Internacional
El arbitraje comercial internacional se configura cuando una controversia presenta elementos internacionales, tales como el domicilio de las partes en distintos Estados, la ejecución del contrato en un país diferente, o la elección de una sede arbitral situada fuera del Estado de alguna de las partes.
Es el mecanismo preferido en el comercio internacional debido a su neutralidad, la especialización técnica de los árbitros y la previsibilidad jurídica que ofrece. Asimismo, destaca por la facilidad de reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales en múltiples jurisdicciones, en virtud de instrumentos internacionales como la Convención de Nueva York de 1958.
Este tipo de arbitraje aporta seguridad jurídica a las transacciones internacionales y reduce los riesgos derivados de litigios transfronterizos, al permitir a las partes resolver sus controversias en un foro neutral, eficiente y adaptado a las necesidades del comercio internacional.